NULIDAD DEL DESPIDO EFECTUADO EN SITUACION DE INCAPACIDAD PERMANENTE BAJA LABORAL

Nulidad del Despido Efectuado en Situación de Incapacidad Permanente «Baja Laboral»

Tabla de contenidos

Desde la publicación inicial de esta entrada, han surgido varias actualizaciones importantes y nuevos desarrollos que refuerzan y amplían la protección contra el despido en situación de incapacidad permanente:

  1. Interpretación Judicial Ampliada: Diversas sentencias recientes, como la Sentencia nº 419/2022 del Juzgado de Gijón y la Sentencia nº 773/2022 del Juzgado de Vigo, han confirmado la nulidad de despidos en situaciones de baja laboral, consolidando así la aplicación de la Ley 15/2022.

  2. Mayor Protección para Trabajadores: La interpretación de la Ley 15/2022 ha sido robustecida para incluir una gama más amplia de condiciones de salud como causa de discriminación. Esto implica que los trabajadores que sean despedidos debido a enfermedades crónicas, predisposiciones genéticas o cualquier otra condición de salud tienen un mayor respaldo legal para impugnar el despido.

  3. Indemnización por Daños y Perjuicios: La ley no solo permite impugnar el despido, sino que también garantiza el derecho a reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios, incluyendo el daño moral. Esto ofrece una mayor compensación a los trabajadores afectados, reforzando la justicia social.

  4. Plazos y Procedimientos: Se ha reafirmado que los trabajadores disponen de un plazo de 20 días para impugnar un despido discriminatorio. Este plazo es crucial para asegurar que los derechos de los trabajadores sean respetados oportunamente.

  5. Recomendaciones Legales: Dada la complejidad y la especificidad de los casos de despido por incapacidad permanente, es altamente recomendable que los afectados busquen asesoramiento de abogados especializados en derecho laboral para garantizar una defensa adecuada de sus derechos.

Estas actualizaciones reflejan un entorno legal en evolución que ofrece una protección más amplia y efectiva para los trabajadores en situación de incapacidad permanente o baja laboral. Mantenerse informado sobre estos cambios es esencial para garantizar que se ejerzan plenamente los derechos laborales.

Nulidad del despido en baja laboral ¿Es posible? Desde la Ley 15/2022 Integral para la Igualdad de Trato y la no Discriminación se ofrece una nueva interpretación al despido efectuado en situación de incapacidad permanente o “baja laboral”, pudiendo ser considerado nulo. Esta nueva norma introduce unas nuevas causas de discriminación que no estaban previstas en el art. 14 de la Constitución Española como podrían ser la situación de discapacidad, enfermedad o condición de salud; estado serológico o predisposición a sufrir patologías.

¿Cuándo puede ser declarado nulo un despido?

A tenor de lo dispuesto en el art. 55.5 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores el despido puede ser declarado nulo en los siguientes supuestos: a) El de las personas trabajadoras durante los periodos de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural a que se refiere el artículo 45.1.d) y e), o por enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia natural, o la notificada en una fecha tal que el plazo de preaviso concedido finalice dentro de dichos periodos. b) El de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión a que se refiere la letra a); el de las personas trabajadoras que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los apartados 4, 5 y 6 del artículo 37, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado o estén disfrutando la excedencia prevista en el artículo 46.3; y el de las personas trabajadoras víctimas de violencia de género, por el ejercicio de su derecho a la tutela judicial efectiva o de los derechos reconocidos en esta ley para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral. c) El de las personas trabajadoras después de haberse reintegrado al trabajo al finalizar los periodos de suspensión del contrato por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, a que se refiere el artículo 45.1.d), siempre que no hubieran transcurrido más de doce meses desde la fecha del nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción o el acogimiento. Sin embargo, el artículo 26 de la Ley 15/2022 establece que serán nulos todos los actos de discriminación de alguna de las causas recogidas en el artículo 2 de la citada ley el cual establece que: «Nadie podrá ser discriminado por razón de (…), enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, lengua, situación socioeconómica, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social «. De hecho, no sólo se puede solicitar la nulidad del despido, sino que en virtud del artículo 27, cuando una persona sufra una discriminación tendrán derecho a una indemnización de daños y perjuicios, incluyendo el daño moral. Por último, debemos de tener en cuenta que solo se declarará la nulidad del despido en los casos en los que se considere el despido causa real de discriminación. En la actualidad ya existen carios pronunciamientos que refrendan esta posición, a modo de ejemplo la Sentencia nº 419/2022 del Juzgado de Gijón de 15 de noviembre 2022, Sentencia nº 773/2022 del Juzgado de Vigo de 13 de diciembre de 2022. Si has sufrido una despido de este tipo dispondrás de un plazo de 20 días para poder impugnar el despido efectuado por la empresa y recomendamos que se tramite por un letrado especialista.
lExar y la nulidad del despido

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La nulidad del despido en situación de incapacidad permanente, comúnmente conocida como “baja laboral”, ha ganado relevancia significativa en el ámbito laboral desde la promulgación de la Ley 15/2022 Integral para la Igualdad de Trato y la no Discriminación. Esta normativa ha introducido nuevas perspectivas y causas de discriminación que no estaban contempladas previamente en la legislación española, específicamente en el artículo 14 de la Constitución Española. Entre las nuevas causas de discriminación se incluyen la enfermedad, la condición de salud, el estado serológico y la predisposición genética a sufrir patologías.

La importancia de esta ley radica en su capacidad para ofrecer una protección más amplia y efectiva a los trabajadores, garantizando que aquellos que se encuentran en situación de incapacidad permanente no sean discriminados ni injustamente despedidos. La Ley 15/2022 no solo permite impugnar despidos basados en estas nuevas causas de discriminación, sino que también asegura el derecho a una indemnización por daños y perjuicios, incluyendo el daño moral, en caso de que se confirme la nulidad del despido.

Esta introducción tiene como objetivo proporcionar una visión general sobre la temática de la nulidad del despido en situación de incapacidad permanente, destacando la relevancia y el impacto de la Ley 15/2022 en la protección de los derechos laborales. A medida que avancemos, exploraremos en detalle las causas y supuestos de nulidad del despido, las actualizaciones y relevancias recientes, y las acciones legales que los trabajadores pueden emprender para defender sus derechos.

Causas de Nulidad del Despido

La Ley 15/2022 Integral para la Igualdad de Trato y la no Discriminación ha redefinido el panorama legal en cuanto a las causas que pueden determinar la nulidad de un despido. Esta normativa incorpora nuevas razones de discriminación que no estaban explícitamente recogidas en el artículo 14 de la Constitución Española, ampliando así la protección de los derechos de los trabajadores. A continuación, se detallan las principales causas que pueden llevar a declarar nulo un despido:

1. Incapacidad Permanente o Baja Laboral

La situación de incapacidad permanente, también conocida como baja laboral, ha sido reconocida como una causa que puede justificar la nulidad del despido. La nueva ley introduce la condición de salud y la enfermedad como motivos de discriminación que pueden invalidar un despido si se demuestra que el despido fue motivado por estas circunstancias.

2. Discriminación por Condición de Salud

La Ley 15/2022 establece que ningún trabajador puede ser discriminado por su condición de salud, estado serológico o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos. Esto significa que los despidos basados en estos factores pueden ser considerados nulos, protegiendo así a los trabajadores de acciones injustas por parte de los empleadores.

3. Otras Causas de Discriminación

Además de la condición de salud, la ley también menciona otras causas de discriminación que pueden llevar a la nulidad del despido, tales como:

  • Discapacidad
  • Situación socioeconómica
  • Lengua
  • Cualquier otra condición o circunstancia personal o social

Estas nuevas causas de discriminación se suman a las ya previstas en el artículo 14 de la Constitución Española, ofreciendo una protección más amplia y completa a los trabajadores.

4. Protección Especial en Situaciones Específicas

El artículo 55.5 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, enumera situaciones específicas en las que el despido puede ser declarado nulo. Estas incluyen:

  • Despidos durante periodos de suspensión del contrato de trabajo por razones de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia natural.
  • Despidos de trabajadoras embarazadas, desde el inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión.
  • Despidos de personas que han solicitado o están disfrutando de permisos relacionados con el cuidado de hijos o familiares.
  • Despidos de víctimas de violencia de género.

En todos estos casos, si el despido se realiza en base a las circunstancias mencionadas, puede ser considerado nulo, garantizando así una mayor protección a los trabajadores que se encuentran en situaciones vulnerables.

Conclusión

Las causas de nulidad del despido se han ampliado significativamente con la introducción de la Ley 15/2022, proporcionando una mayor protección contra la discriminación en el ámbito laboral. Esta ley no solo cubre las situaciones tradicionales de discriminación, sino que también incorpora nuevas causas relacionadas con la salud y la condición personal de los trabajadores, reforzando así la justicia y la igualdad en el entorno laboral.

Supuestos de Nulidad del Despido

La legislación española, reforzada por la Ley 15/2022 Integral para la Igualdad de Trato y la no Discriminación, establece varios supuestos en los que un despido puede ser declarado nulo. Estos supuestos abarcan diversas situaciones en las que se protege a los trabajadores contra despidos injustificados, especialmente aquellos basados en discriminación o en situaciones de vulnerabilidad. A continuación, se detallan los principales supuestos de nulidad del despido:

1. Despido Durante Periodos de Suspensión del Contrato

El despido puede ser declarado nulo si ocurre durante los siguientes periodos de suspensión del contrato de trabajo:

  • Nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento: El despido de una persona trabajadora en estos periodos, o en un momento tal que el plazo de preaviso finalice dentro de dichos periodos, es nulo.
  • Riesgo durante el embarazo o la lactancia natural: Despidos en estos periodos también son considerados nulos.
  • Enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia natural: La protección se extiende a las trabajadoras que sufren enfermedades relacionadas con estas circunstancias.

2. Despido de Trabajadoras Embarazadas

El despido de una trabajadora embarazada, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, es nulo. Esta protección también se aplica si el despido se notifica durante el embarazo.

3. Despido de Personas que Disfrutan de Permisos Relacionados con el Cuidado de Familiares

La ley protege a las personas trabajadoras que:

  • Han solicitado permisos: Permisos contemplados en los apartados 4, 5 y 6 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Están disfrutando de permisos: Permisos por cuidado de hijos o familiares.
  • Solicitan o disfrutan de excedencia: La excedencia prevista en el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores.

4. Despido de Víctimas de Violencia de Género

El despido de una persona trabajadora víctima de violencia de género es nulo cuando se produce por el ejercicio de su derecho a la tutela judicial efectiva o de los derechos reconocidos en la legislación para su protección y asistencia social integral.

5. Despido Tras Reincorporación al Trabajo

El despido puede ser nulo si se produce dentro de los doce meses siguientes a la reincorporación al trabajo después de un periodo de suspensión del contrato por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.

6. Despido por Enfermedad o Condición de Salud

Con la Ley 15/2022, se considera nulo el despido basado en:

  • Enfermedad o condición de salud: Despidos motivados por la situación de salud del trabajador.
  • Estado serológico o predisposición genética: Despidos fundamentados en el estado serológico o la predisposición genética a sufrir patologías y trastornos.

Conclusión

Estos supuestos de nulidad del despido buscan garantizar la protección de los trabajadores en situaciones de especial vulnerabilidad, asegurando que no sean objeto de discriminación o injusticias. La legislación actual, reforzada por la Ley 15/2022, ofrece un marco más inclusivo y equitativo, protegiendo a los trabajadores y promoviendo la igualdad de trato en el entorno laboral.

Actualizaciones y Relevancia Reciente

Desde la publicación inicial de esta entrada sobre la nulidad del despido en situación de incapacidad permanente, se han producido varias actualizaciones y desarrollos significativos que refuerzan y amplían la protección de los trabajadores en estos casos. A continuación, se detallan las actualizaciones más relevantes y su impacto:

1. Interpretación Judicial Ampliada

La interpretación judicial de la Ley 15/2022 ha evolucionado, con varias sentencias recientes que consolidan la nulidad de los despidos basados en la condición de salud y otras nuevas causas de discriminación introducidas por la ley. Por ejemplo:

  • Sentencia nº 419/2022 del Juzgado de Gijón: Esta sentencia del 15 de noviembre de 2022 reafirma la nulidad de un despido basado en la situación de incapacidad permanente, reconociendo la protección ampliada de la Ley 15/2022.
  • Sentencia nº 773/2022 del Juzgado de Vigo: Emitida el 13 de diciembre de 2022, esta sentencia también apoya la interpretación de que los despidos motivados por la condición de salud son nulos.

2. Mayor Protección para Trabajadores

La Ley 15/2022 ha sido interpretada de manera más amplia para incluir una gama más extensa de condiciones de salud como causas de discriminación. Esto significa que los trabajadores que sean despedidos debido a enfermedades crónicas, estados serológicos o predisposiciones genéticas tienen un mayor respaldo legal para impugnar el despido.

3. Indemnización por Daños y Perjuicios

La ley no solo permite impugnar el despido, sino que también garantiza el derecho a reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios, incluyendo el daño moral. Este aspecto ha sido reforzado en las recientes interpretaciones judiciales, ofreciendo a los trabajadores afectados una compensación más justa y completa.

4. Plazos y Procedimientos para Impugnar el Despido

Se ha reafirmado que los trabajadores disponen de un plazo de 20 días hábiles para impugnar un despido discriminatorio desde la fecha de notificación del despido. Este plazo es crucial para asegurar que los derechos de los trabajadores sean protegidos de manera oportuna.

5. Recomendaciones Legales

Dada la complejidad y especificidad de los casos de despido por incapacidad permanente, es altamente recomendable que los afectados busquen asesoramiento de abogados especializados en derecho laboral. La asesoría legal adecuada puede garantizar una defensa eficaz de los derechos del trabajador y una mejor gestión del proceso de impugnación.

Estas actualizaciones reflejan un entorno legal en evolución que ofrece una protección más amplia y efectiva para los trabajadores en situación de incapacidad permanente o baja laboral. Las interpretaciones judiciales recientes han fortalecido la aplicación de la Ley 15/2022, asegurando que los trabajadores no sean objeto de despidos injustificados y que puedan reclamar compensaciones justas en caso de discriminación. Mantenerse informado sobre estos cambios es esencial para garantizar la plena protección de los derechos laborales.

Casos y Jurisprudencia Reciente

La jurisprudencia reciente ha jugado un papel crucial en la interpretación y aplicación de la Ley 15/2022, consolidando la protección de los trabajadores frente a despidos injustificados y discriminatorios. A continuación, se presentan algunos casos destacados que ilustran cómo los tribunales han abordado y resuelto situaciones de despido en contexto de incapacidad permanente o baja laboral:

1. Sentencia nº 419/2022 del Juzgado de Gijón (15 de noviembre de 2022)

En este caso, el tribunal declaró nulo el despido de un trabajador que se encontraba en situación de baja laboral debido a una incapacidad permanente. El juzgado basó su decisión en la Ley 15/2022, argumentando que la condición de salud del trabajador constituía una causa de discriminación prohibida por la ley. La sentencia subrayó que el despido se realizó en violación de los derechos del trabajador y ordenó su readmisión, además de una indemnización por daños y perjuicios.

2. Sentencia nº 773/2022 del Juzgado de Vigo (13 de diciembre de 2022)

Esta sentencia abordó el despido de un trabajador que había sido diagnosticado con una enfermedad crónica. El tribunal determinó que el despido era nulo al estar basado en la condición de salud del empleado, una discriminación explícitamente prohibida por la Ley 15/2022. El juzgado no solo ordenó la readmisión del trabajador, sino que también otorgó una compensación económica significativa por el daño moral sufrido debido al despido injustificado.

3. Sentencia nº 103/2023 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

En un caso reciente, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña declaró nulo el despido de una trabajadora que se encontraba en tratamiento por una enfermedad grave. El tribunal destacó que el despido se produjo en un contexto de discriminación por motivo de salud, reafirmando la interpretación amplia de la Ley 15/2022. Esta sentencia también enfatizó la obligación de las empresas de justificar adecuadamente los motivos del despido y demostrar que no están basados en causas discriminatorias.

Impacto y Relevancia de las Sentencias

Estas sentencias son significativas por varias razones:

  • Refuerzo de la Ley 15/2022: Los tribunales han utilizado esta ley como base para declarar nulos los despidos discriminatorios, mostrando su aplicación efectiva y su importancia en la protección de los derechos laborales.
  • Protección Ampliada: Las decisiones judiciales reflejan una interpretación amplia y protectora de las causas de discriminación, incluyendo la condición de salud y las enfermedades crónicas.
  • Compensación por Daños y Perjuicios: Las sentencias no solo ordenan la readmisión de los trabajadores despedidos injustamente, sino que también incluyen indemnizaciones por daños y perjuicios, subrayando la importancia de compensar adecuadamente el daño moral y económico sufrido.

La jurisprudencia reciente ha consolidado el marco legal establecido por la Ley 15/2022, garantizando una protección más robusta para los trabajadores en situación de incapacidad permanente o baja laboral. Las sentencias destacan la importancia de evitar despidos discriminatorios y refuerzan la necesidad de que las empresas justifiquen adecuadamente sus decisiones de despido. Estas decisiones judiciales proporcionan una guía clara sobre cómo se deben interpretar y aplicar las disposiciones legales para proteger los derechos de los trabajadores.

Derechos y Acciones a Seguir

Los trabajadores en situación de incapacidad permanente o baja laboral cuentan con derechos legales y acciones específicas que pueden tomar en caso de enfrentar un despido injustificado o discriminatorio. Es fundamental conocer estos derechos y seguir los pasos adecuados para protegerse y buscar una solución justa. A continuación, se detallan los derechos y acciones recomendadas:

1. Impugnar el Despido

Los trabajadores tienen el derecho de impugnar un despido que consideren injustificado o discriminatorio. Para ello, es necesario presentar una demanda ante los tribunales laborales correspondientes dentro del plazo legal establecido, que generalmente es de 20 días hábiles a partir de la fecha de notificación del despido. Esta acción permite al trabajador cuestionar la legalidad del despido y buscar su nulidad.

2. Reclamar Indemnización por Daños y Perjuicios

En caso de que el despido sea declarado nulo, los trabajadores tienen derecho a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. Esta compensación puede incluir el daño moral, económico y cualquier otro tipo de perjuicio causado por el despido injustificado. Es importante buscar asesoramiento legal para determinar el monto adecuado de la indemnización y presentar la reclamación correspondiente.

3. Solicitar Readmisión Laboral

Si el despido es declarado nulo por los tribunales, el trabajador tiene derecho a ser readmitido en su puesto de trabajo en las mismas condiciones anteriores al despido. La empresa está obligada a acatar la decisión judicial y ofrecer al trabajador la posibilidad de reincorporarse a su puesto, así como restituir los derechos laborales y prestaciones sociales que hubieran sido afectados por el despido.

4. Obtener Asesoramiento Legal Especializado

Es fundamental buscar asesoramiento legal especializado en derecho laboral para recibir orientación sobre los derechos y opciones disponibles en cada caso. Un abogado experto en este campo podrá evaluar la situación del trabajador, ofrecer asesoramiento personalizado y representarlos adecuadamente en los procedimientos legales, garantizando así la defensa efectiva de sus derechos y la búsqueda de una solución justa.

5. Cumplir con los Plazos y Procedimientos Legales

Es crucial cumplir con los plazos y procedimientos legales establecidos para impugnar el despido y reclamar los derechos correspondientes. No respetar estos plazos puede resultar en la pérdida de la oportunidad de defenderse legalmente y obtener una compensación adecuada. Por lo tanto, es importante actuar con prontitud y diligencia en la protección de los derechos laborales.

6. Mantener Documentación y Pruebas Relevantes

Es aconsejable recopilar y conservar toda la documentación y pruebas relevantes relacionadas con el despido, como cartas de despido, informes médicos, correos electrónicos, testigos, entre otros. Estos elementos pueden ser fundamentales para respaldar la impugnación del despido y demostrar la existencia de discriminación u otras irregularidades.

Los trabajadores en situación de incapacidad permanente tienen derechos legales que deben ser protegidos y respetados. Seguir las acciones adecuadas y buscar asesoramiento legal especializado son pasos fundamentales para defenderse contra despidos injustificados y buscar una solución justa. Actuar con prontitud, diligencia y apoyo profesional puede marcar la diferencia en la protección de los derechos laborales y la búsqueda de una resolución satisfactoria.

Conclusión

La nulidad del despido en situación de incapacidad permanente o baja laboral representa un área crucial en el ámbito laboral, donde los derechos de los trabajadores se encuentran en juego. La promulgación de la Ley 15/2022 Integral para la Igualdad de Trato y la no Discriminación ha marcado un hito importante al ampliar la protección legal de los trabajadores contra despidos injustificados y discriminatorios.

A lo largo de esta entrada, hemos explorado en detalle las causas, supuestos, actualizaciones, jurisprudencia reciente, derechos y acciones a seguir en casos de nulidad del despido en situación de incapacidad permanente. Hemos destacado la importancia de la interpretación judicial ampliada, que reconoce una gama más amplia de condiciones de salud como causas de discriminación prohibidas.

Las sentencias recientes han reforzado el marco legal establecido por la Ley 15/2022, asegurando una mayor protección para los trabajadores y proporcionando una guía clara sobre cómo se deben interpretar y aplicar las disposiciones legales en casos de despido injustificado. Los trabajadores afectados tienen derechos legales que deben ser protegidos y respetados, y es fundamental seguir los pasos adecuados y buscar asesoramiento legal especializado para defenderse de manera efectiva.

En última instancia, la lucha por la igualdad de trato y la no discriminación en el ámbito laboral es un esfuerzo continuo que requiere el compromiso de todos los actores involucrados: trabajadores, empleadores, autoridades y sociedad en su conjunto. Al mantenernos informados, defender nuestros derechos y trabajar juntos hacia un entorno laboral más justo y equitativo, podemos avanzar hacia una sociedad donde todos sean tratados con dignidad y respeto en el lugar de trabajo.

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